La clasificación de empresas que consta tanto en el anuncio publicado con fecha 4 de agosto de 2010, como en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Adminisrativas Particulares para los citados servicios, es errónea, siendo la clasificación exigida la siguiente:
Grupo P, subgrupo 1, categoría C.
Grupo P, subgrupo 2, categoría B.
Grupo P, subgrupo 3, categoría C.
Grupo P, subgrupo 5, categoría C.
Grupo V, subgrupo 2, categoría B.
Madrid, 4 de agosto de 2010.- El Director de Administración, Philippe Robertet Montesinos.
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