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Documento BOE-B-2010-29082

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 12 de agosto de 2010, páginas 91905 a 91905 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-29082

TEXTO

Edicto.

D.ª Paula Crsiatina y Juan Salvá, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º seccion y declaracion concurso 236/2010 se ha dictado a instancias de Tonsal, S.L., con CIF n.º B07511470, D. Jaime Vich Ballester con DNI 42975147-L, D.ª Gloria Lozano Pérez, con DNI n.º 42987174-J, en fecha 26/07/2010 auto de declaración de concurso voluntario de Tonsal, S.L., D. Jaime Vich Ballester, D.ª Gloria Lozano Pérez, que aún no es firme, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Palma.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición por la Administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso,los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado ( art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 27 de julio de 2010.- El/la Secretario/a Judicial.

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