Intentada por dos veces la notificación personal de los Requerimientos efectuados por esta Comisión Nacional del Mercado de Valores a la entidad Española del Zinc, S.A., sin que hayan podido practicarse, procede acudir al medio de notificación previsto en el artíclo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En consecuencia, se requiere a la mencionada entidad para que, de forma inmediata, remita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la declaración intermedia de gestión correspondiente al primer trimestre de 2010, cuyo periodo de remisión finalizó el pasado 17 de mayo de 2010, según se establece en el artículo 19 del Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, y en la norma tercera de la Circular 1/2008, de 30 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que la desarrolla.
Madrid, 6 de agosto de 2010.- La Directora del Departamento de Asesoría Jurídica.
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