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Documento BOE-B-2010-29883

Resolución de la Generalitat de Catalunya, Departamento de Economía y Finanzas, Dirección General de Energía y Minas, ECF/ /2010, de 19 de marzo, por la que se otorga a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación del nuevo CT Rural AT/BT CTR 62869 y de sus líneas alimentadoras aéreas y subterráneas de 25 kV L Rubí 1 y L Rubí 2, en el término municipal de Castellbisbal (exp. 08/29217).

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 21 de agosto de 2010, páginas 94190 a 94196 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2010-29883

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio social en la Av. Paral·lel. núm. 51, Barcelona, ha solicitado ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía y Finanzas, la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de la instalación del nuevo CT Rural AT/BT CTR 62869 y de sus líneas alimentadoras aéreas y subterráneas de 25 kV L Rubí 1 y L Rubí 2 en el término municipal de Castellbisbal (Vallès Occidental).

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un periodo de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5255, de 11 de noviembre de 2008, el BOE núm. 273, de 12 de noviembre de 2008, y el diario El Periódico de fecha 10 de noviembre de 2008.

Paralelamente el trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicó a los ayuntamientos de los términos municipales donde radiquen los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público por un período de 20 días, para que puedan comprobar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones procedentes de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del citado Real decreto.

De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó informe al Ayuntamiento de Castellbisbal y a la Dirección General de Carreteres del Departamento de Política Territorial y Obres Públiques, que han presentado informe con condicionados, los cuales han sido aceptados por la empresa peticionaria y a la Agencia Catalana de L'Aigua, que previa reiteración no se ha manifestado por lo que se entiende su conformidad al proyecto.

Considerando que la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., no ha podido llegar a un acuerdo con todos los propietarios afectados por esta instalación eléctrica, se ha notificado individualmente a los afectados para que puedan formular las alegaciones que sean procedentes.

Dentro del plazo otorgado han presentado alegaciones los propietarios afectados señores Bernardo Gutiérrez Cara y Teresa López Adelantado las cuales puestas en conocimiento de la empresa peticionaria manifiesta que se tendrán en cuenta las mencionadas alegaciones en la ejecución inicial y final de las obras a realizar y que las parcelas quedaran en su estado actual.

Visto lo expuesto, esta Dirección General de Energía y Minas considera la necesidad de la instalación para satisfacer el aumento de demanda eléctrica y mejorar la red de distribución de la comarca.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya,

Resuelvo:

1.-Autorizar a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., la instalación del nuevo CT Rural AT/BT CTR 62869 y de sus líneas alimentadoras aéreas y subterráneas de 25 kV L Rubí y L Rubí 2 en el término municipal de Castellbisbal (Vallès Occidental).

2.-Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que fueron sometidos a información pública en el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5255, de 11 de noviembre de 2008, y comporta las afecciones descritas en el mismo y las que hubiesen podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente.

3.-Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Tramos subterráneos:

La línea afectada es la línea Rubí 1, pertenece a la subestación Abrera, en concreto el tramo comprendido entre el apoyo metálico SM1 y el apoyo metálico SM5, con una longitud de 0,406 km de cable aéreo de aluminio de sección LA-110, y el tramo comprendido entre los apoyos metálicos SM6 y el PT LL09187 (a retirar), con una longitud de 0,026 km de longitud de cable aéreo de aluminio de sección LA-56.

La modificación a efectuar consistirá en la instalación de un nuevo tramo de línea subterránea de un circuito. El tramo a instalar tendrá origen en una nueva conversión aérea-subterránea a realizar en el nuevo apoyo metálico SM2 de la línea L Rubí 1 y finalizará en el interior del nuevo CTR 62869. Este nuevo tramo será de cable subterráneo de aluminio de sección 3 x 1 x 240 mm² y tendrá una longitud de 0,070 km.

La línea en estos tramos subterráneos, está formada por tres conductores unipolares, tipo RHZ1 Al o DHZ1 Al, cuyas características se ajustarán a las definidas en la Norma UNE 21.123, por los cables indicados. La tensión asignada del cable será de 18/30 kV, el conductor será de aluminio de 240 mm², la pantalla será de cobre de 16 mm² y el recubrimiento externo estará formado por una capa de material aislante resistente a la erosión y a los contaminantes que puedan encontrarse en el subsuelo.

Tramos aéreos:

Las líneas afectadas son:

La línea Rubí 1 pertenece a la subestación Abrera, en concreto el tramo comprendido entre el apoyo metálico SM1 y el apoyo metálico SM5, con una longitud de 0,431 km de cable aéreo de aluminio de sección LA-110, y el tramo comprendido entre el apoyo metálico SM6 y el PT-LL09187 (a retirar), con una longitud de 0,026 km de longitud de cable aéreo de aluminio de sección LA-56.

La línea Rubí 2 pertenece a la subestación Abrera, en concreto al tramo comprendido entre el apoyo metálico SM1 y el apoyo metálico SM5, de 0,431 km de longitud de cable aéreo de aluminio de sección LA-110.

La primera modificación a efectuar consistirá en la instalación de un nuevo tramo de línea aérea de dos circuitos (un circuito por la L Rubí 1 y el otro por la línea L Rubí 2) que tendrá origen en el nuevo apoyo metálico SM2 y finalizará en el nuevo apoyo metálico a instalar SM4, con una longitud total de cable aéreo de 0,213 km por circuito, de sección LA-145. Se retensará un tramo de dos circuitos (un circuito para la L Rubí 1 y la otra para la línea L Rubí 2) que tendrá origen en el apoyo metálico existente SM1 y finalizará en el nuevo apoyo metálico SM2, con una longitud total de cable aéreo de 0,134 km por circuito de sección LA-110. Se retensará también otro tramo de dos circuitos que tendrá origen en el nuevo apoyo metálico SM4 y finalizará en el apoyo metálico existente SM5, con una longitud total de cable aéreo de 0,086 km por circuito de sección LA-110.

Centro de transformación:

El nuevo centro de transformación Rural CTR 62869, será del tipo prefabricado de superficie compacto rural y estará situado en la urbanización de Can Santeugini.

La potencia máxima admisible de la instalación del nuevo centro de transformación rural será de un transformador de 250 kVA, siendo todos los elementos de estas instalaciones calculados para esta potencia. Dada la potencia conectada a la red de BT, se instalará inicialmente un transformador de 50 kVA.

Las puestas a tierra de protección y de servicio adoptaran la configuración de tierras separadas.

Resumen datos:

Tipo: línea subterránea.

Origen: nueva conversión aérea-subterránea a realizar en nuevo apoyo metálico SM2.

Final: nuevo CTR 62869.

Tensión: 25.000 V.

Longitud: 0,070 km.

Número de circuitos: uno.

Números de cables: 3 por circuitos.

Material conductor: aluminio.

Sección de los conductores: 240 mm².

Tensión del cable subterráneo: 18/30 kV.

Nivel de aislamiento: 70/170 kV.

Tipo: líneas aéreas Rubí 1 y Rubí 2.

Origen: apoyo metálico SM1 existente.

Final: nuevo apoyo metálico SM2.

Tensión: 25.000 V.

Longitud: 0,134 km por circuito, a retensar.

Número de circuitos: dos circuitos (un circuito para cada línea).

Número de cables: 3 por circuito.

Material conductor: aluminio-acero.

Sección de los conductores: LA-110.

Tipo de apoyos: metálicos.

Núm. de apoyos con aislamiento normal: 1.

Núm. de apoyos aislamiento reforzado: 1.

Tensión mecánica de los cables EDS: 9,25%.

Zona: A.

Tipo: líneas aéreas Rubí 1 y Rubí 2.

Origen: nuevo apoyo metálico SM4.

Final: apoyo metálico existente SM5.

Tensión: 25.000 V.

Longitud. 0,086 km por circuito, a retensar.

Número de circuitos: dos circuitos (un circuito por línea).

Número de cables: 3 por circuito.

Material conductor: aluminio-acero.

Sección conductor: LA-110.

Tensión del cable aéreo: 18/30 kV.

Tipo de apoyos: metálicos.

Núm. de apoyos con aislamiento reforzado: 2.

Tensión mecánica de los cables EDS: 9,25%.

Zona: A

Tipo: líneas aéreas Rubí 1 y Rubí 2.

Origen: nuevo apoyo metálico SM2.

Final: nuevo apoyo metálico SM4.

Tensión: 25.000 V.

Longitud. 0,213 km por circuito, a instalar.

Número de circuitos: dos circuitos (un circuito para cada línea).

Número de cables: 3 por circuito.

Material conductor: aluminio-acero.

Material de los conductores: aluminio-acero.

Sección de los conductores: LA-110.

Tensión del cable aéreo: 18/30kV.

Tipo de apoyos: metálicos.

Núm. de apoyos con aislamiento normal: 1.

Núm. de apoyos aislamiento reforzado: 2.

Tensión mecánica de los cables EDS: 8,20%.

Zona: A

Centro de transformación rural CTR 62869.

Lugar de ubicación: urbanización Can Santeugini.

Tipo: prefabricado de superficie compacto rural.

Número máximo de transformador instalados de 250 kVA que admite el CT: uno.

Número de transformadores instalados y su potencia: 1 de 50 kVA.

Número de celdas AT de línea: 1.

Número de celdas AT de protección: 1.

Protección contra sobreintensidades: cortacircuitos.

Protección contra sobrecargas: termómetro o interruptor automático.

Puesta a tierra: tierras separadas.

Instalaciones a dejar fuera de servicio:

Se retirará el tramo de dos circuitos de cable aéreo de aluminio existente que hay entre el nuevo apoyo metálico SM2 y el nuevo apoyo metálico SM4, con una longitud de cable de 0,194 km por circuito (un circuito por la línea L Rubí 1 y L Rubí 2) de sección LA-110. También se retirará la derivación de un circuito que hay en el apoyo metálico SM6 (a retirar) de la línea L Rubí 1, el apoyo de hormigón y el PT-LL09187 (a retirar), con una longitud de 0,026 km de cable de sección LA-56.

Finalidad: ampliar y mejorar la capacidad de servicio de la red de distribución, con motivo de la construcción de un nuevo centro de transformación rural y la instalación de tres nuevas torres metálicas.

Presupuesto: 30.616,07 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y sometida a las condiciones especiales siguientes:

1.-Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero técnico industrial señor Sergi Campos Alterats y visado por el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Vilanova i la Geltrú, con el núm. 56631, en fecha 16 de julio de 2008 con las variaciones que, si procede, se soliciten y autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo establecido en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, de acuerdo con el régimen transitorio establecido en el mencionado real decreto; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, y el resto de disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

5. La Dirección General de Energía y Minas podrá realizar, durante las obras y una vez finalizadas estas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención durante su curso y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que estas se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones impuestas en esta.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio a terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Director General de Energía y Minas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 19 de marzo de 2010.- El Jefe de Servicio de Autorizaciones de Instalaciones Eléctricas, Eduard Solé Forcada (10.067.131).

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