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Documento BOE-B-2010-31920

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 18 de septiembre de 2010, páginas 100992 a 100992 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-31920

TEXTO

Edicto

Doña Mª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Valladolid, por el presente,

Hago saber: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (lc), y la reforma prevista en el art. 6 RD Ley 3/9 sobre este artículo en el que se establece que la publicación será con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el BOE.

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I declaración concurso 0000156/2010 se ha dictado a instancias de Eurogres 2007, S.L. en fecha 16 de agosto de 2010 Auto de declaración de concurso necesario de Eurogres 20007, S.L. con CIF B47393426 cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Plata (Polígono San Cristóbal) 47012 Valladolid.

2º.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a la previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el BOE, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 16 de agosto de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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