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Documento BOE-B-2010-32373

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 22 de septiembre de 2010, páginas 102457 a 102457 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-32373

TEXTO

Edicto.

Doña Carmen Alesanco Retana, Secretaria judicial de el Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 677/2010, por auto de 9 de septiembre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Monteverde Real Estate,SL con CIF CIF B-85.057.040, y con domicilio en la calle Velázquez, n.º 38, de Madrid.

2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada: Don Miguel Vilella Barrachina, Auditor, con domicilio profesional, a los efectos de su relación directa con los acreedores, concursada y Juzgado, en paseo de la Castellana, n.º 60, 5.º, de Madrid (902.103.449, fax 91.781.08.41, mvilella@mvilella.com), 2.º Don Carlos Ferrandiz Gabriel, Abogado, con despacho profesional, a los efectos de su relación directa con acreedores, concursada y Juzgado, en calle Serrano. n.º 16, 2.º dcha, de Madrid (tlf. 914364210, fax 914364211, cferrang@telefonica.net), 3.º. Agencia Estatal de la Administración Tributaria, quien en su representación deberá designar un profesional que reúna las condiciones del art. 27.1-2.º de la LC o a un funcionario dependiente de la misma, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es de un mes mes, a contar desde la presente comunicación.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).

Madrid, 13 de septiembre de 2010.- La Secretaria judicial.

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