Edicto.
Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores abreviado núm. 000073/2010, siendo la concursada Galper, S.L., en el que se ha se ha dictado Auto de fecha 30/07/2010 decretando la apertura de la fase de liquidación asicomo la suspensión de las facultades de la administración de la mercantil concursada, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:
1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
3.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- Se aprueba el plan de liquidación propuesto por la concursada con los complementos que constan en el fundamento jurídico tercero de este auto.
5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
6.- Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.
Elche, 14 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.
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