Dª María Rosario Ezquerra Serrano, Instructora del expediente de reclamación indemnizatoria nº 22/10 que se ha tramitado en la Inspección penitenciaria de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, por el presente emplaza a D. Alam Yonko, para que en el plazo de quince días se persone ante esta Instrucción, en el edificio de la sede de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, C/ Alcalá 38-40, 5ª planta, de Madrid, en horario de atención al público, previa solicitud de cita, para comunicarle la resolución desestimatoria recaída en el expediente de reclamación indemnizatoria nº 22/10, que a su instancia se ha tramitado en esta Unidad.
El presente acuerdo es definitivo en vía administrativa y contra el mismo cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición o contencioso-administrativo.
El recurso de reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 142.6 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica.
El recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme al artículo 9 d) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 29/1998, de 13 de julio, modificada por la Disposición Adicional 14.2 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución al interesado, conforme previene el artículo 46 de la referida Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Madrid, 25 de agosto de 2010.- Subdirectora General de la Inspección Penitenciaria.
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