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Edicto.
EL Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:
Que el procedimiento concursal abreviado número 290/2009, referente al concursado José Marín Sánchez, por auto de fecha 16 de septiembre de 2010 ha acordado los siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 26 de julio de 2010, por no existir quórum suficiente para la celebración de la junta de acreedores.
2. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
5. El cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
6. Se hace saber a los interesados que en el plazo de diez días a partir de la publicación del presente, podrán personarse y ser parte en la sección sexta de este concurso alegando por escrito cuento consideren relevante para la calificación del concurso como culpable.
Murcia, 17 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.
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