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Documento BOE-B-2010-35136

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 16 de octubre de 2010, páginas 113205 a 113205 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-35136

TEXTO

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de primera instancia nº 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1813/09 referente a los concursados Pedro Arturo Triana Guzmán, con N.I.E. X-4398650-s, y María Elvira Calderón Vargas, con N.I.E. X-5521713-B, cónyuges, ambos con domicilio en Logroño, calle Fuenmayor, 41, 2º B, por auto de fecha 16 de septiembre de 2010 se ha acordado lo siguiente:

1.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta y sexta del concurso.

2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursas sobre su patrimonio.

3.º Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa.

4.º En el plazo de ocho días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme al art. 148 de la L.C.

5.º El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

De conformidad con lo estipulado en el art. 168 de la L.C., dentro de los cinco días siguientes a la publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

Este edicto se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 16 de septiembre de 1910.- El/La Secretario Judicial.

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