El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:
1. Se declara por auto de fecha 01/10/10 dejar sin efecto la fase de convenio del procedimiento concursal voluntario con número de autos 281/10 de la deudora "FRANCH ROAD, S.L.", con domicilio en la calle Quintana, n.º 15, de Madrid, y con CIF: B-82.339.490.
2. Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 2 de diciembre de 2010 a las 10,30 horas de su mañana..
3. Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.
5. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 1 de octubre de 2010.- La Secretaria judicial.
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