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Documento BOE-B-2010-35308

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 18 de octubre de 2010, páginas 113440 a 113440 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-35308

TEXTO

Edicto

Doña Tomasa Hernández Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de los Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 315/2010-F, se ha dictado a instancias de Francisco Russo Construcciones, S.L., en fecha 20 de Septiembre de 2010, auto de declaración de concurso voluntario de "Francisco Russo Construcciones, S.L.", con CIF número B-50731579 y domiciliada en Zaragoza, Paseo de las Damas, número 2, escalera 2° B, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al tomo 2129, folio 206, hoja número Z‑21312, inscripción primera, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 20 de septiembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

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