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Documento BOE-B-2010-3559

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2010, páginas 8087 a 8087 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-3559

TEXTO

Edicto.

Doña Pilar Solanot García, secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Juzgado de Mercantil n.º 2 de Alicante se siguen los autos de Proc. Concursal Abreviado 000258/2009-D de la mercantil La Portalada S.L, en cuyo seno, con fecha dieciocho de enero de dos mil diez, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.-Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.-Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el TÍtulo III de la Ley Concursal.

4.-Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.-Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (Art. 168 LC).Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación del Edicto de forma urgente y gratuita en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal..."

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma doña Vicenta María Zaragoza Fuster, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante. Doy fe"

Alicante, 18 de enero de 2010.- La Secretaria Judicial.

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