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Documento BOE-B-2010-35978

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 23 de octubre de 2010, páginas 115813 a 115813 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-35978

TEXTO

Edicto.

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 DE Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 44/2010, seguido a instancias del Procurador don Bernardo Rodríguez Cabrera, en nombre y representación de Ocsalvecon, S.L., se ha dictado Auto el día 30 de septiembre de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Ocsalvecon, S.L., con CIF B-35240241, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Se designa como Administrador del concurso a: Don Matías Hernández Gil, Economista.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Su Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el nº 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez, doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de octubre de 2010.- Secretaria Judicial.

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