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Don Virgilio Sánchez Barberan, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente hago saber que en los autos número 14/09 de concurso de acreedores de Electra Formatión Developpement, S.L. se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es de este tenor literal:
Uno.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Electra Formatión Developpement, S.L., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
Dos.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
Tres.- Se acuerda la disolución de Electra Formatición Developpement, S.L., decretándose la cancelación e su hoja registral de inscripción. Par su efectividad líbrese mandamiento al Señor Registrador Mercantil de la Provincia.
Cuatro.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 8 de julio de 2010.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocido, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC.
Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilustrísimo Señor don Rafael Fuentes Devesa Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.
Alicante, 24 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.
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