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Debido a un error administrativo, el cual supone una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato, en la cláusula 30.2.1.a) de la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el criterio evaluable de forma automática mediante la aplicación de formulas sobre el precio, se han incorporado dos fórmulas matemáticas para hallar la puntuación de las ofertas económicas en vez de una, siendo imposible puntuar correctamente las ofertas de los licitadores admitidos, y por lo tanto, proponer el adjudicatario correspondiente, dado que los resultados obtenidos de la aplicación de ambas fórmulas son diferentes, resultando inviable la adjudicación del contrato.
Por ello se ha procedido a dictar Resolución de desistimiento de fecha 19 de octubre de 2010 a la celebración del contrato C02/023/2010 enviado para su publicación al Diario Oficial de la Unión Europea el 16 de junio de 2010, y fue publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 153, de fecha 24 de junio de 2010 y fue publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 130, de fecha 8 de julio de 2010.
La Resolución de desistimiento se ha publicado el día 21 de octubre de 2010 en el Perfil del Contratante del Gobierno Vasco ubicado en la página web www.contratacion.info.
Vitoria-Gasteiz, 27 de octubre de 2010.- El Director de Patrimonio y Contratación, Ignacio María Alday Ruiz.
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