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Documento BOE-B-2010-38555

Anuncio de la Subdirección General de Planificación y Proyectos de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias sobre aprobación del expediente de Información Pública y Audiencia y definitiva de los "Proyectos Básicos del Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Línea de Alta Velocidad Madrid-Galicia. Tramo Lubián-Ourense. Subtramos Lubián-Vilavella, Vilavella-Vilariño, Vilariño-Cerdedelo y Cerdedelo-Porto. Plataforma".

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 12 de noviembre de 2010, páginas 126575 a 126575 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-38555

TEXTO

Con fecha 18 de octubre de 2010, el Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras ha resuelto:

Primero: Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 10 del vigente Reglamento del Sector Ferroviario (R. D. 2387/2004).

Segundo: Aprobar el Expediente de Información Pública y Audiencia, y definitivamente los "Proyectos Básicos del Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Línea de Alta Velocidad Madrid-Galicia. Tramo Lubián- Ourense. Subtramos Lubián-Vilavella, Vilavella-Vilariño, Vilariño-Cerdedelo y Cerdedelo-Porto. Plataforma".

Tercero: La redacción y aprobación de los proyectos constructivos y la ejecución de las obras corresponderá al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de acuerdo con la Resolución de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, de 4 de diciembre de 2009, por la que se encomienda a esta entidad pública empresarial la construcción del tramo Olmedo-Medina-Zamora-Puebla de Sanabria-Lubián-Ourense de la L. A. V. Madrid-Galicia.

Cuarto: Durante la redacción de los proyectos constructivos se cumplirán los requisitos ambientales que se desprenden de las resoluciones del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de fechas 24 de septiembre de 2009 (BOE de 10 de octubre de 2009) para el subtramo Cerdedelo-Porto, y 9 de julio de 2010 (BOE de 23 de julio de 2010) para el subtramo Lubián-Cerdedelo, por las que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1ª de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobada mediante el R.D.L. 1/2008, así como las condiciones de la declaración de impacto ambiental de 25 de abril de 2006 (BOE de 27 de abril de 2006) del proyecto Acceso ferroviario en alta velocidad a Galicia, tramo Lubián-Ourense, que sean aplicables.

Quinto: La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Lo que se publica para general conocimiento

Madrid, 28 de octubre de 2010.- El Subdirector General de Planificación y Proyectos, Francisco Javier Sánchez Ayala.

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