Edicto
Cédula de Notificación
Doña María de los Ángeles Charriel Ardebol, Secretario Judicial del Juzgado Social número 14 de Madrid,
Hago saber: Que en el procedimiento de Ejecución 33/2010 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Ricardo Ariosa Osorio, David González Machon, Ángel García Silva contra la empresa Asistencia Técnica Madrid, Sociedad Limitada, Comercial Asistencia Técnica Barcelona, Sociedad Limitada., y Catalana de Reparaciones Expres, Sociedad Limitada, sobre Despido, se ha dictado Auto de Ejecución, Decreto de Ejecución y Decreto de Acumulación de fecha 15-7-2010 cuyas partes dispositivas es del tenor literal siguiente:
Auto de Ejecución – Parte Dispositiva
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor a favor de la parte ejecutante, Ricardo Ariosa Osorio, frente a Asistencia Técnica Madrid, Sociedad Limitada, Comercial Asistencia Técnica Barcelona, Sociedad Limitada, Catalana de Reparaciones Expres, Sociedad Limitada, parte ejecutada en forma solidaria, por un importe de 42.299,53 euros de principal, más otros 8.459,90 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de éstas, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Decreto de Ejecución – Parte Dispositiva
En orden a da efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de bienes de la demandada desconociéndose bienes procédase a la averiguación de los mismos a través del punto neutro judicial.
En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio, para responder a la cantidad de, mas que provisionalmente se calculan para intereses y costas, siendo remitidos a la cuenta de Depósito y consignaciones de este Juzgado.
Librándose al efecto mandamiento al Servicio Común de actos de comunicación/mandamiento a la Comisión Judicial para que practique el requerimiento (exhorto a la Oficina Judicial del domicilio del ejecutado que figura en las actuaciones.
Requerir a las demandadas a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlos, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
Decreto de Acumulación – Parte Dispositiva
Acuerdo: Acumular a la presente ejecución las ejecuciones seguidas en este Juzgado con los números 72/2010 y 73/2010, siendo el total del principal acumulado 94.081,68 euros, y los intereses y costas calculados provisionalmente 18.816,23 euros, de los cuales corresponden a Ricardo Ariosa Osorio 42.299,53 euros, a David González Machón 27.658,08 euros, y a Ángel García Silva 24.124,07 euros.
Y para que le sirva de Notificación en Legal Forma a Asistencia Técnica Madrid, Sociedad Limitada, Comercial Asistencia Técnica Barcelona, Sociedad Limitada, Catalana de Reparaciones Expres, Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado. Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Madrid, 26 de octubre de 2010.- Secretario Judicial.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid