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Documento BOE-B-2010-39877

TALAVERA DE LA REINA

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 22 de noviembre de 2010, páginas 130727 a 130727 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-39877

TEXTO

Cédula de Notificación

En el procedimiento seguido en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Talavera de la Reina bajo el número 406/2006 se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia n.º 479/2008.

En Talavera de la Reina a 3 de noviembre de 2008.

En nombre de su Majestad el Rey, el Iltmo. Sr. don Bernardino Díaz Rodríguez, Magistrado-Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4, habiendo visto los autos de Juicio Ordinario n.º 406 del año 2006, a instancia de doña Antonia Clemente Illan, representada por la Procuradora doña Victoria Martínez Gutiérrez y defendida por el letrado don Carlos Díaz Fernández contra doña Antonia Clemente Arroyo, en rebeldía.

FALLO

Estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora doña Victoria Martínez Gutiérrez, en nombre y representación de doña Antonia Clemente Illan contra doña Antonia Clemente Arroyo, debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la demandante la cantidad de de 1.452,62 euros por concepto de rentas vencidas e impagadas, así como los intereses de demora calculados al tipo del interés legal y desde la interposición de la demanda, conforme a lo establecido en los artículos 1.100, 1.101 y 1.108 del Código Civil.

Asimismo la suma que es objeto de condena se verá incrementada con los intereses del artículo 576 de la LEC, que se computarán desde la fecha de notificación de la presente a la condenada.

Con imposición de costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes intervinientes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Toledo dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la siguiente al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ingnorado paradero de doña Antonia Clemente Arroyo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Talavera de la Reina, 11 de noviembre de 2010.- Secretario Judicial.

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