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Documento BOE-B-2010-42151

Anuncio de la Subdirección General de Planificación y Proyectos de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias sobre aprobación del expediente de información pública y de audiencia del Estudio Informativo Complementario "Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad. Tramo Murcia-Almería. (Provincia de Almería").

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 9 de diciembre de 2010, páginas 139452 a 139453 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-42151

TEXTO

Con fecha 26 de octubre de 2010, el Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras ha resuelto:

Primero: Aprobar el expediente de información pública y de audiencia a las administraciones así como definitivamente el Estudio Informativo Complementario "Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad. Tramo Murcia-Almería (Provincia de Almería)", seleccionando como alternativa a desarrollar en el futuro proyecto constructivo la solución propuesta en el estudio informativo complementario, constituida por la alternativa 3 en el tramo entre Cuevas de Almanzora y Vera, y la Alternativa Completa con las Variantes B y D en el tramo comprendido entre Níjar y Almería.

Esta aprobación anula y sustituye a la Resolución de 28 de enero de 2004, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública y oficial y definitivamente el estudio informativo del proyecto «Corredor mediterráneo de alta velocidad. Tramo Murcia-Almería», en todo aquello relativo a los tramos objeto del Estudio Informativo Complementario.

Segundo: En los proyectos constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta:

a) Las prescripciones establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental.

b) Las propuestas menores de mejora recibidas en las alegaciones y consideradas viables, que se incluyen en el Documento de Aprobación Definitiva, y que no suponen modificación del trazado.

c) Durante la redacción de los Proyectos Constructivos se tendrá una adecuada coordinación con otras Administraciones y Entidades afectadas.

Tercero: Corresponderá a la entidad ADIF la aprobación y supervisión de los proyectos básicos y de construcción que del presente expediente se deriven, incluyendo las facultades de supervisión, replanteo y certificación del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental.

Cuarto: Dicha Resolución se adopta por delegación del Ministro de Fomento, conforme a lo previsto en la Orden FOM/2893/2005, de 14 de septiembre, (BOE núm. 224 de 19 de septiembre de 2005), por la que se delegan competencias en materia ferroviaria, y pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la mencionada aprobación podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de la presente Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Lo que se publica para general conocimiento

Madrid, 4 de noviembre de 2010.- El Subdirector General de Planificación y Proyectos, Francisco Javier Sánchez Ayala.

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