Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:
"Este Ministerio, de conformidad con la propuesta de la Subdirección General de Recursos y Relaciones Jurisdiccionales, ha resuelto tener por desistida, a la pretendida representación de don Ramón Castro Luaces, en relación con el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Orden Ministerial de 29 de mayo de 2006, por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos cuatro mil setecientos ochenta y siete (4.787) metros de longitud, comprendido entre el puerto de A Pobra do Caramiñal hasta el límite con el término municipal de Boiro, término municipal de A Pobra do Caramiñal (A Coruña).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional."
Madrid, 29 de noviembre de 2010.- El Coordinador de Área. José Ramón Martínez Cordero.
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