Al no haberse podido practicar la notificación personal al interesado conforme dispone el articulo 59.2 de la Ley 30/92, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y en aplicación de lo previsto en el articulo 59.5 de la citada ley, se comunica a Don Juan Manuel Romero Tena, representante de Royllaex, S.L., por el presente anuncio, la Resolución dictada por el Sr. Presidente del Organismo, que tiene carácter de notificación formal: Visto su expediente y examinada la documentación que integra dicho expediente, el Sr. Presidente del Organismo resuelve denegar su solicitud por no cumplir los requisitos establecidos en la Orden PRE/861/2009, de 2 de abril (B.O.E. nº 84, de 7 de abril de 2009), por la que se regula la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado a la suscripción de los Seguros Agrarios Combinados de 2009.
Contra esta resolución se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Sra. Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en el punto 1 del artículo 114 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada en la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El texto íntegro de esta resolución esta a disposición del interesado en la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, sita en la calle Miguel Ángel, número 23, 28010 Madrid.
Madrid, 14 de diciembre de 2010.- El Director de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios.
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