Gonzalo Guilarte Martín-Calero, Notario del ilustre Colegio de Castilla y León, con residencia en Valladolid,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en calle María de Molina, número 7, 2º, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Vivienda derecha interior de la planta primera de la casa sita en Valladolid, calle Nogal, números 5, 7 Y 9.
Compuesta de pasillo, cocina, aseo, comedor, tres habitaciones y dos terrazas.
Ocupa la superficie útil de sesenta metros y sesenta y ocho decímetros cuadrados (60,68 metros cuadrados).
Linda: Frente, pasillo de entrada y patio de luces; derecha, entrando, casa número 11 de la calle Nogal y casas números 10 y 12 de la calle Dieciocho de Julio, hoy calle Nicolás Salmerón; izquierda, patio de luces y vivienda centro interior; fondo, casas números 10 y 12, de la calle Dieciocho de Julio, hoy calle Nicolás Salmerón.
Cuota: De participación de 3,05 por ciento.
Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Valladolid número seis, al tomo 2.353, libro 647, folio 132, finca registral número 37.586, inscripción 9ª.
Referencia catastral: 6721415UM5162B0015ED.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaria. La 1ª subasta el veinticuatro de marzo de dos mil diez, a las diez horas, siendo el tipo base el de 284.807,50 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la 2ª subasta, el día veintiuno de abril de dos mil diez, a las diez horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3ª subasta el día diecinueve de mayo de dos mil diez, a las diez horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día veintiséis de mayo de dos mil diez, a las diez horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9,30 a 13,30 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la lª y 2ª subastas y en la 3ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Valladolid, 15 de febrero de 2010.- Don Gonzalo Guilarte Martín-Calero, Notario de Valladolid.
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