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Documento BOE-B-2010-7186

CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE PODÓLOGOS

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 24 de febrero de 2010, páginas 18721 a 18726 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2010-7186

TEXTO

Acuerdo de la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos de 19 de diciembre de 2009, por el que se aprueba la creación del fichero "Sociedades Profesionales" y las modificaciones de los ficheros de datos de carácter personal "Colegiados" " Colegios" y "Expedientes disciplinarios" del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

La existencia de ficheros de datos de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad, así como de limitación y vulneración del derecho a la autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona. Por ello, el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y establece mecanismos para su garantía. La Constitución Española, en su artículo 18, reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la "ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos". El Tribunal Constitucional, interpretando este artículo, ha declarado en su jurisprudencia y, especialmente, en sus sentencias 290/2000 y 292/2000, que el mismo protege el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, otorgándole una sustantividad propia. Derecho que la doctrina ha denominado como "derecho a la autodeterminación informativa", "derecho a la autodisposición de las informaciones personales" y que, cuando se refiere al tratamiento automatizado de datos, se incluyen en el concepto más amplio de "libertad informática".

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de Datos de Carácter Personal establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental, aplicable tanto a los ficheros informatizados como a los manuales estructurados y mixtos que contengan datos de carácter personal.

El artículo 20, de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición de carácter general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.

El "Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos" es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y como tal y en los términos que figuran en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en Sentencias como las de 20/88 y 87/89 corresponde al Consejo General el ejercicio de todas aquellas funciones de interés publico que directamente y en relación con la Profesión por el legislador le sean encomendadas o bien le sean delegadas por la Administración.

Entre las indicadas funciones corresponden al Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos de España en el ámbito de su competencia, la ordenación de la actividad profesional, velando por la ética y dignidad profesional y el respeto debido a los derechos de los particulares, así como el ejercicio de la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial y la adopción de todas aquellas medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional.

Además de las indicadas funciones la Ley 44/03 de 21 de noviembre de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en concordancia con la Ley 41/02 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, así como con la Ley 16/03 de 28 de mayo de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud ha establecido que para garantizar de forma efectiva y facilitar el ejercicio de los derechos que corresponden a los pacientes en virtud de la Ley citada 41/02, los Colegios profesionales, Consejos Autonómico y Consejos Generales en sus respectivos ámbitos territoriales, establecerán los registros públicos de profesionales que serán accesibles a la población y estarán a disposición de las Administraciones Sanitarias y deberán permitir conocer el nombre, titulación especialidad, lugar de ejercicio y aquellos otros datos que en la Ley se determinen como públicos.

La Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos

Acuerda:

Primero.- Modificación y creación de ficheros:

Se crea el fichero "Sociedades Profesionales" con datos de carácter personal en el anexo I.

Se modifica el fichero ".Expedientes deontológicos." con datos de carácter personal en el Anexo II de esta disposición.

Se modifica el fichero "Colegiados" en el Anexo III de esta disposición.

Se modifica en el Anexo IV de esta disposición el fichero".Colegios." que a partir de esta modificación pasa a denominarse ".Colegios y miembros del Consejo."

La creación de los ficheros antes mencionados y que se modifican se realizo mediante publicación previa en el Boletín Oficial del Estado numero.34, de fecha nueve de febrero de dos mil nueve, y el nombre de la disposición es "Acuerdo de creación de ficheros de carácter persona "Colegiados" "Colegios" y "Expedientes disciplinarios" del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Segundo.- Medidas de seguridad:

Los ficheros mixtos que por el presente Acuerdo se modifican cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y, en su caso, se adaptarán a las medidas que pudieran establecer sucesivas normas aplicables protectoras de datos de carácter personal

Tercero.- Entrada en vigor:

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En Madrid, a dieciocho de enero de dos mil diez.

Anexo I

Creación de fichero

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (sólo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Nombre y descripción del fichero: Sociedades Profesionales.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, Nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz,

Otros datos de carácter identificativo: Número de colegiado.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Identificación permanente de los socios y garantía de los terceros que requieran sus servicios profesionales para atender a las potestades públicas reguladas en el articulo 8.4 de la Ley 2/2007.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Asociados o miembros. Representantes legales, Ciudadanos y residentes.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal, Colegios Profesionales, Otras personas físicas, Administraciones públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Órganos Judiciales, Otros Órganos de la Comunidad Autónoma, Otros Órganos de la Administración del Estado.

Anexo II

Modificación de ficheros

Fichero: 2090610558 Expedientes Deontológicos.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (sólo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Nombre y descripción del fichero: Expedientes Deontológicos.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

Otros datos especialmente protegidos: Salud.

Datos relativos a infracciones: Datos relativos a infracciones penales, Infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, Nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz.

Otros datos de carácter identificativo: Número de colegiado.

Otros tipos de datos: Datos de características personales, datos académicos y profesionales, datos económicos, financieros y de seguros, datos de transacciones de bienes y servicios, otros datos aportados por denunciantes.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Gestión de las funciones públicas legalmente previstas de control deontológico, tramitación y resolución de quejas, reclamaciones y denuncias y aplicación del régimen disciplinario e inhabilitaciones.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Asociados o miembros. Otros colectivos: Diplomados en podología-otros que ejerzan la profesión de podólogos-solicitantes.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal, Colegios Profesionales, Otras personas físicas, Administraciones públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Órganos Judiciales. Interesados legítimos

Anexo III

Modificación de ficheros

Fichero: 2090610378 Colegiados.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (sólo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Nombre y descripción del fichero: Colegiados.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, Nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.

Otros datos de carácter identificativo: Número de colegiados.

Otros tipos de datos: Datos de características personales, datos académicos y profesionales, datos económicos, financieros y de seguros.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo:

Gestión administrativa del Consejo.

Control de Colegiados existentes a nivel nacional.

Control de títulos y especializaciones.

Acreditación de la titulación de los colegiados.

Control de incompatibilidades profesionales.

Expedición de certificados.

Envió de comunicaciones o publicaciones vinculadas con el ejercicio de potestades de derecho público.

Fines científicos, históricos y estadísticos.

Mediación y arbitraje.

Lista de peritos.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Colegiados a nivel nacional.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: Colegios provinciales o autonómicos.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

Consejos y Colegios de otras profesiones cuando sea para el ejercicio de competencias similares a cuando se disponga la Ley.

Administración General del Estado, Autonómica, Local o instituciones de carácter publico competentes, para el ejercicio de competencias similares o cuando se disponga en una Ley

Órganos jurisdiccionales.

Servicios públicos responsables de la producción de estadísticas oficiales.

Anexo IV

Fichero: 2090610553 Colegios y Miembros del Consejo

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (sólo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

Nombre y descripción del fichero: Colegios y Miembros del Consejo.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, Nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.

Otros tipos de datos: datos de características personales, datos académicos y profesionales, datos económicos, financieros y de seguros,

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo:

Gestión administrativa del Consejo.

Control de Colegiados miembros del Consejo General y de los órganos de gobierno de los distintos colegios profesionales de podólogos.

Expedición de certificados.

Envió de comunicaciones o publicaciones vinculadas con el ejercicio de potestades de derecho público.

Fines científicos, históricos y estadísticos.

Mediación y arbitraje.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Miembros del Consejo General o de los órganos de gobierno de los distintos colegios profesionales de podólogos.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

El propio interesado.

Colegios provinciales o autonómicos.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

Consejos y Colegios de otras profesiones cuando sea para el ejercicio de competencias similares a cuando se disponga la Ley.

Administración General del Estado, Autonómica, Local o instituciones de carácter publico competentes, para el ejercicio de competencias similares o cuando se disponga en una Ley.

Órganos jurisdiccionales.

Servicios públicos responsables de la producción de estadísticas oficiales.

Otros datos de carácter identificativo: Número de colegiado.

Madrid, 18 de febrero de 2010.- Virginia Novel i Martí, Presidenta.

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