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Documento BOE-B-2010-7358

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima (REE) la subestación a 400/220 kV, de "Mezquita", en el término municipal de Mezquita de Jarque (Teruel), y se declara la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 25 de febrero de 2010, páginas 18943 a 18946 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2010-7358

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel, a instancia de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima (REE), con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la instalación que se cita.

Resultando que el nuevo proyecto cuya autorización y declaración de utilidad pública se solicita, sustituye al anteproyecto denominado igualmente subestación a 400/220 kV de Mezquita, que obtuvo la autorización administrativa con fecha 5 de septiembre de 2008, y que ha sido descartado al no ajustarse a los requerimientos de la actual planificación eléctrica.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose presentado alegaciones por particulares las cuales han sido contestadas por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima.

Resultando que remitidas por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a la Sección de Energía y a la Sección de Minas del Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo del Gobierno de Aragón, a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural del Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, y al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por los mismos se ha emitido conformidad al proyecto.

Resultando que remitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel un ejemplar del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo al Ayuntamiento de Mezquita de Jarque, así como informe sobre la adaptación de la instalación al planeamiento urbanístico, de acuerdo con lo previsto en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, por el mismo se presentan alegaciones, las cuales son contestadas por Red Eléctrica de España, dándole traslado de las contestaciones a dicho organismo para que muestre su conformidad o reparos. Con fecha 6 de marzo de 2009 se emite informe favorable.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio (Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte del Gobierno de Aragón) a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, y de los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, emite informe referente a retranqueos a linderos de la parcela y caminos existentes y que no se fija la parcela mínima.

Dado traslado a Red Eléctrica de España de las alegaciones anteriores, ésta las contesta y son remitidas al Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte, quien emite nuevo informe indicando que en la documentación recibida se justifica el cumplimiento de las condiciones urbanísticas de aplicación, cumpliendo con los retranqueos a linderos.

Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel.

Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2009.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, la subestación a 400/220 kV, de "Mezquita", en el término municipal de Mezquita de Jarque (Teruel), cuyas características principales son:

Construcción de una nueva subestación a 400/220 kV, la cual dispondrá de dos parques, uno de 400 kV y otro de 220 kV, interconectados a través de un banco de transformación.

Parque de 400 kV:

El parque de 400 kV adoptará una configuración de interruptor y medio, con capacidad en total, actual y futura, para seis calles con un total de dieciocho posiciones de interruptor, de las cuales se equiparán trece.

El parque tendrá dos tipos de embarrado: Semiflexible con conexiones tendidas destinado a la interconexión principal, y rígido a base de tubos de aluminio destinados a las barras principales y la interconexión entre aparamenta.

La disposición del parque de 400 kV será la siguiente:

Calle 1.

Posición 11: Reserva.

Posición 21 Reserva.

Calle 2.

Posición 12: Reserva.

Posición 22: AT-2.

Calle 3.

Posición 13: AT-1.

Posición 23: Línea Platea 1.

Calle 4.

Posición 14: Línea Muniesa.

Posición 24: Línea Platea.

Calle 5.

Posición 15: L/ Fuendetodos.

Posición 25: Línea Morella 1.

Calle 6.

Posición 16: Reserva.

Posición 26: Línea Morella 2.

Parque de 220 kV:

El parque de 220 kV tendrá una configuración de doble barra tipo intemperie con capacidad para un total de nueve posiciones, de las cuales se equiparán seis (una de transformador, cuatro de línea y una de acoplamiento).

La disposición del parque de 220 kV será la siguiente:

Posición 1: Reserva.

Posición 2: Reserva.

Posición 3: L/Valdeconejos 2.

Posición 4: L/Valdeconejos 1.

Posición 5: Auto AT-1, 400/220 kV.

Posición 6: Acoplamiento.

Posición 7: L/Calamocha 2

Posición 8: Reserva.

Posición 9: L/Calamocha 1.

Se instalará en el parque un banco de transformación AT-1 de 600 MVA formado por tres unidades monofásicas 200/200/40 MVA y 400/220/24 kV.

Aparamenta: Se instalarán Interruptores tripolares, seccionadores rotativos de tres columnas, seccionadores rotativos de tres columnas con puesta a tierra, seccionadores tripolares pantógrafos, transformadores de intensidad monofásicos, transformadores de tensión capacitivos monofásicos, bobinas de bloqueo monofásicas, autoválvulas monofásicas y aisladores soporte.

Redes de tierra superiores e inferiores.

Estructuras metálicas y soportes de la aparamenta de perfiles de acero normalizados de alma llena.

Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua.

Construcción de un edificio de mando y control.

Construcción de cinco casetas de relés en el parque de 400 kV y tres casetas de relés en el parque de 220 kV.

Sistemas de protecciones de medida y control.

Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna.

Sistemas de alumbrado y fuerza.

La finalidad de la subestación es contribuir al mallado de la Red de Transporte en la zona, posibilitando el desarrollo de la generación en régimen especial en la provincia de Teruel y su incorporación a la Red, así como reforzar la red de distribución de 132 kV.

2 Declarar la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

Esta instalación no se podrá comenzar a construir, hasta contar con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de dieciocho meses, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre en su redacción dada por el Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de enero de 2010.- El Director General, don Antonio Hernández García.

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