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Documento BOE-B-2010-8497

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 6 de marzo de 2010, páginas 23976 a 23977 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-8497

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 1000264/08 se ha dictado el 12 de febrero de 2010 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Ricardo Fernández Martínez, Francisca Rodríguez Cara y aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 13 de enero de 2010.

Segundo.-La Sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenio y la adhesión en la Ley Concursal.

El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

La parte dispositiva de la Sentencia dice como sigue:

"Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por Ricardo Fernández Martínez y Francisca Rodríguez Cara, que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 13 de enero de 2010.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de los deudores, así como de los efectos de tal declaración produce en los contratos en los que son partes los declarados en concurso y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del Título VI.

Se acuerda la apertura de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del Auto de declaración de concurso.

Se concede a la Administración Concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Requiérase a los concursados, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de este resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Se acuerda igualmente aprobar los honorarios del letrado instante incluidos en el informe, autorizando a la Administración Concursal para su abono.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración Concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de los concursados para que proceda a su inserción con la mayor urgencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en el diario "La Voz de Asturias" de Oviedo, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento al Registro Civil para la cancelación de la anotación de concurso.

Contra esta Sentencia cabe recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Miguel Álvarez-Linera Prado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo".

Tercero.-Contra la Sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias que debe preparase mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en "Boletín Oficial del Estado" y "La Voz de Asturias".

Oviedo, 15 de febrero de 2010.- El/La Secretario Judicial.

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