Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra con sede en Vigo anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 71/2010 se ha dictado el nueve de marzo de dos mil once sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Cardomar, Sociedad Limitada, y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el pasado día nueve de febrero de dos mil once.
Segundo.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la Ley Concursal.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
Tercero.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación a sustanciar con carácter preferente y en la forma prevista para las apelaciones de sentencias dictadas en juicio ordinario.
Vigo, 9 de marzo de 2011.- El/La Secretario Judicial.
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