No habiendo podido notificar a los familiares de don José Valero Tubio, en los dos intentos practicados en su domicilio, se les hace saber que, recaída Resolución del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, con fecha 3 de noviembre de 2010, en el expediente administrativo núm. 51/10, por el Director Gerente del mismo, se ha dictado con fecha 15 de febrero de 2011, acuerdo mediante el que, de conformidad con lo prevenido en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se requiere a los interesados para que, en un plazo máximo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la presente publicación, manifiesten expresamente si consienten, o no, la entrada en su domicilio. Si transcurrido el plazo señalado, no se recibe su autorización, se entenderá denegada a efectos de solicitar la autorización judicial de entrada en la vivienda militar.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición de los interesados en el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, calle Isaac Peral, núm. 32 de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 23 de marzo de 2011.- El Jefe de Área de Gestión.
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