Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-10738

Edicto de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil por el que se notifican dos resoluciones administrativas al Inspector del Cuerpo Nacional de Policía don Manuel Álvarez Rodríguez, de los expedientes disciplinarios números 49/2010 y 50/2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2011, páginas 33637 a 33638 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2011-10738

TEXTO

Don Raúl Sanz Ruiz, Inspector del Cuerpo Nacional de Policía, Jefe de Sección en la Unidad de Régimen Disciplinario de la División de Personal.

Hago Saber: Que por este Edicto se notifican al Inspector del Cuerpo Nacional de Policía don Manuel Álvarez Rodríguez, con DNI 34.909.038, que el Director General de la Policía y de la Guardia Civil, ha dictado resoluciones, de fecha 10 de noviembre de 2010, en los expedientes disciplinarios números 49/2010 y 50/2010, que no han podido serle notificadas por otros medios al encontrarse en paradero desconocido, y cuya parte dispositiva e información de recursos es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo:

En el Expediente disciplinario número 49/2010.

El levantamiento de la suspensión provisional de funciones en que se halla el Inspector del Cuerpo Nacional de Policía don Manuel Álvarez Rodríguez, en virtud del expediente disciplinario arriba citado, continuando el procedimiento hasta su resolución definitiva.

En el Expediente disciplinario número 50/2010.

La suspensión provisional de funciones del Inspector del Cuerpo Nacional de Policía don Manuel Álvarez Rodríguez, en los derechos inherentes a la condición de funcionario, procediendo a recogerle los distintivos del cargo así como de otras armas que tuviere además de la reglamentaria; y por la habilitación correspondiente a la detracción de haberes conforme a lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, medida cautelar que podrá mantenerse hasta la conclusión del procedimiento penal que se le sigue por los mismo hechos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el interesado puede interponer, en lo que se contrae a la suspensión provisional de funciones y, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes, según lo preceptuado en los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, en su nueva redacción dada por Ley 4/1999; o impugnarla, presentando directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga su domicilio o de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 número 1 de dicha Ley.

En el supuesto de interponer el primero de los citados recursos, no podrá presentar el contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción".

Las presentes notificaciones se efectúan en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y teniendo en cuenta lo dispuesto en su artículo 61, habiéndose acordado asimismo, la interrupción del computo del plazo para resolver y notificar la resolución definitiva de los expedientes disciplinarios 49/2010 y 50/2010, donde el día 27 de diciembre de 2010 en que resultó fallido el intento de notificación de las precitadas resoluciones, ello de conformidad con el artículo 42.2 in fine, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero

El funcionario podrá conocer el contenido íntegro de las presentes resoluciones, personándose de nueve a catorce horas de lunes a viernes, en la Unidad de Régimen Disciplinario, sita en el paseo de Delicias, número 76, planta 3.ª, de Madrid, en el plazo de diez días computados desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de marzo de 2011.- El Comisario, Jefe de la Unidad de Régimen Disciplinario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid