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Documento BOE-B-2011-11356

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2011, páginas 36460 a 36460 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-11356

TEXTO

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 60/11 se ha dictado a instancias del procurador Sr. Gálvez Giménez en fecha 21-3-2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Raúl Manzanares Carrilero, mayor de edad, casado en régimen de separación de bienes, con D.N.I. n.º 48.497.783-Y cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado que serán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración concursal, recaída en la letrada doña Ana Barceló Soriano, mayor de edad, con domicilio en C/ Balsas, n.º 35, bajo, C.P. 30570 Beniajan (Murcia), teléfono 968.874.404 y fax 968.879.210.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 21 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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