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Documento BOE-B-2011-11371

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2011, páginas 36475 a 36475 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-11371

TEXTO

Doña Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial co el n.º seccion I declaración concurso 0000011/2011 se ha dictado en fecha 9 de marzo de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor José Manuel Martín Gallo, con DNI: 02811764-Z, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carranque (Toledo).

Segundo.-Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el concursado.

Tercero.-Igualmente se ha acordadao el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto e el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir del día publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así com los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, carácteristicas y calificación que se pretenda, indicando, sí se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afectey, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberan hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Toledo, 9 de marzo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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