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Documento BOE-B-2011-11976

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2011, páginas 38221 a 38221 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-11976

TEXTO

Edicto

Doña Elena García Figueira, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado de procedimiento concursal número 107/2011, se ha dictado a instancias de Pentared, Sociedad Limitada, en fecha 21 de marzo de dos mil once, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Pentared, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36.872.398, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Velázquez Moreno, número 9, piso 4.º, oficina 405, de Vigo, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 2503, al tomo 2503, al folio 107, hoja PO-26327.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándonse, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (Artículo 184.3 Ley Concursal).

Vigo, 21 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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