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Documento BOE-B-2011-12134

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2011, páginas 39455 a 39455 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-12134

TEXTO

Edicto.

Don Virginio Sanchez Barberan, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el presente procedimiento seguido en este Juzgado con el número 277/10-J, contra don Pedro Mariblanca Bolaños, con D.N.I n.6.193.169-M y con domicilio en c/ La Loma, n.º 24 de Agost (Alicante), se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de Pedro Mariblanca Bolaños.

2.-El deudor Pedro Mariblanca Bolaños queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Pedro Mariblanca Bolaños que vinieron en su día acordadas a salvo las que pudiese contener la sentencia de calificación, en su caso.

4.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe 3/2/11.

5.-Se acuerda el cese del admnistrador concursal, debiendo proceder a la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Civil en caso de haberse practicado la declaración de concurso.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Líbrese al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo. don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.

Y para que conste se extiende el presente.

Alicante, 18 de marzo de 2011.- El Secretario.

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