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Documento BOE-B-2011-12152

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2011, páginas 39474 a 39474 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-12152

TEXTO

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 753/2008, se ha acordado mediante Auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de las personas físicas Mahamadou Jabbie y Mariana Ceesay, con NIE n.º X2009564T y n.º X5996791R respectivamente, con domicilio ambos en la calle Poeta Machado n.º 6 de Cassà de la Selva (Girona), y representados en este procedimiento por el procurador Sr. Lluis Martínez Ferrer, no existiendo terceros responsables ni acciones de reintegración pendientes y habiéndose archivado la fase de calificación y aprobada la rendición de cuentas presentada.

Que se ha acordado el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores subsistentes, y se considera que los deudores quedan responsables del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Que por resolución de fecha 30 de junio de 2008, los deudores Sres. Mahamadou Jabbie y Mariana Ceesay, tiene reconocida la Justicia Gratuita, con el contenido del art. 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero de Asistencia Jurídica Gratuita.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley concursal, expido el presente en

Girona, 12 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.

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