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Documento BOE-B-2011-1289

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana referente al levantamiento de actas previas de ocupación de los bienes y derechos afectados por la obra "Presa de Villalba de los Barros. Modificado número 1". Términos municipales de Feria, Fuente del Maestre, Villalba de los Barros y Feria.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2011, páginas 3089 a 3089 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-1289

TEXTO

La Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, declara de interés general del Estado el Proyecto de la "Presa de Villalba de los Barros. Términos municipales de Villalba de los Barros y otros (Badajoz)", y la urgencia a los efectos de ocupación de los bienes afectados que se refiere en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, en la Ley 53/2002 de 31 de diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el 56 y siguientes de su Reglamento, se convoca a los propietarios afectados para el levantamiento de las correspondientes Actas Previas de Ocupación, que tendrá lugar los próximos días: 8 de febrero de 2011, a las 9:30 horas en el Ayuntamiento de Villalba de los Barros y a las 11:30 horas en el Ayuntamiento de Feria; y 9 de febrero de 2011, a las 9:30 horas en el Ayuntamiento de Fuente del Maestre y a las 11:30 horas en el Ayuntamiento de Zafra. No obstante lo anterior, si algún afectado así lo solicita, el citado levantamiento se producirá en los propios terrenos a expropiar.

A dicho acto podrán asistir los afectados personalmente, o bien representados por una persona debidamente autorizada, para actuar en su nombre. Aportarán la documentación acreditativa de la titularidad de los bienes objeto de expropiación (Certificado del Registro de la Propiedad, Escritura Pública o fotocopias compulsadas de esos documentos, así como los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles de los dos últimos años, o fotocopias compulsadas de los mismos). Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.

Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios convocados se encuentra expuesta en el tablón de edictos de los Ayuntamientos citados.

Badajoz, 10 de enero de 2010.- El Secretario General, Manuel Cobo Sánchez.

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