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Documento BOE-B-2011-1350

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2011, páginas 3862 a 3862 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-1350

TEXTO

Edicto

D./Dª. Macarena Valcárcel García, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración concurso 0000270/2010 se ha dictado a instancias de en fecha 29 de diciembre de 2010 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Bartolomé García Gandía, S.L.U., con C.I.F. B-30762926, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Mataró, nº 20, Los Dolores (Cartagena).

Se ha designado Administrador concursal a Dª Gloria Cantero Marín, Economista, con domicilio en calle Fernando Alonso Navarro, nº 12, 5ª planta, CP 30009 Murcia, teléfono 968.234.950 y fax 968.234.911.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 30 de diciembre de 2010.- El/la Secretario/a Judicial.

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