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Documento BOE-B-2011-13600

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 20 de abril de 2011, páginas 44788 a 44789 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-13600

TEXTO

Edicto.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Doña Pilar Doncel Catalán, Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid,

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 119/2000 a instancia de doña Ana Isabel Maderuelo contra don Jesús Maria Merino Pérez, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

Urbana.- Octava parte indivisa en nuda propiedad de la finca registral 16.241, inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid número 39, libro 1358, tomo 1370, sita en la Avenida de la Albufera, número 6, piso 2° izquierda de Madrid, actualmente en Avenida de la Albufera, número 177, piso izquierda de Madrid.

El inmueble arriba referido saldrá a subasta en la nuda propiedad de octava parte indivisa, por importe de 25.870,23 euros.

La subasta tendrá lugar en La sede de este Juzgado calle Maria de Molina, número 42, 4ª planta. 28006 - Madrid, el día 6 de junio de 2011 a las 10 horas

Condiciones de la subasta:

1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

2.- Identificarse de forma suficiente.

3.- Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

Tercero.- Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, cuenta número 2654,sucursal 1031, sita calle Diego de León, 54, de Madrid o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes.

Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Segundo.- Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultas de ceder el remate a un tercero.

Tercero.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas loor escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

Cuarto.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior., se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Quinto.- Que la certificación registral y la titulación sobre el/los inmueble/s que se subasta/n, está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que todo licitador acepta como bastante la titulación existente, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Sexto.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.

Séptimo.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Madrid, 24 de febrero de 2011.- El/La Secretario Judicial.

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