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Documento BOE-B-2011-13676

RIBADAVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2011, páginas 44917 a 44917 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-13676

TEXTO

Edicto

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo sin del tenor literal siguiente:

En Ribadavia, a cinco de mayo de dos mil nueve.

Vistos por la Sra. Doña María de la Concepción Cañas Pedrosa, Juez del Juzgado de Primera Instancia de Ribadavia y su partido judicial, los autos de divorcio contencioso nº 375/2006 promovidos a instancia de Doña Rosa María Boullosa Rodríguez y en su representación el Procurador Sra. Novoa Aira, en su defensa el Letrado Sra. Natalia González Fidalgo, contra D. Manuel Eliseo Iglesias López, en situación de rebeldía procesal.

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Novoa Aira, en nombre y representación de Doña Rosa María Boullosa Rodríguez contra su esposo D. Manuel Eliseo Iglesias López, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de los litigantes, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, manteniéndose las medidas que se adoptaron en la sentencia de separación de 2 de febrero de 2004, a excepción del régimen de visitas fijado a favor del padre en el punto tercero del fallo, que se suprime, privándose por tanto al padre D. Manuel Elisio Iglesias López de todo derecho de visitas respecto de su hija menor María Fernanda Iglesias Boullosa.

Todo ello sin hacer especial pronunciamiento en costas.

Firme esta resolución comuníquese al encargado del Registro Civil donde consta el matrimonio.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ourense que, en su caso, deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de cédula de notificación a Manuel Eliseo Iglesias López, en paradero desconocido y declarado en situación de rebeldía procesal, se expide la presente.

Ribadavia, 31 de marzo de 2011.- Secretaria Judicial.

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