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Edicto
Doña M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (L.C.), y la reforma prevista en el art. 6 R.D. Ley 3/2009 sobre ese articulo, en el que se establece que la publicación será con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el BOE, anuncia:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el numero CNA 128/2011 se ha dictado a instancias de Cad y Fer Asociados, S.L., en fecha cinco de abril de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Cad y Fer Asociados, S.L., con CIF B-47316146, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Teresa Gil, n.º 2, 4.º B, de Valladolid.
2.º Se ha acordado la intervención, mediante administración concursal, de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada, la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a la previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos,y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias autenticas del titulo o de los documentos relativos al crédito. Si ademas se pretendiera la personación se deberá hacer en escrito aparte, conforme al punto cuarto.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).
Valladolid, 8 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
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