Cédula de Notificación.
En las Diligencias Preparatorias nº 12/134/09 seguidas por este Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado sentencia cuyo Fallo dice así:
Debemos condenar y Condenamos, al acusado Giovani Ortiz Vanegas, como autor criminalmente responsable de un delito de "Abandono de Destino", previsto y penado en el artículo 119 del Código Penal Militar, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de tres meses y un día de prisión, con las accesorias de legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el efecto de pérdida de dicho tiempo para el servicio, para el cumplimiento de la cual le será de abono todo el tiempo que haya estafo privado de libertad -como detenido, arrestado o preso preventivo- por estos mismos hechos, y sin exigencias de responsabilidades civiles.
Se declara firme la presente sentencia.
Notifíquese la presente resolución a las partes, y por la Sra. Secretaria Relatora, practíquese la correspondiente liquidación de condena y, a sus resultas, dése traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal Jurídico Militar, en trámite de informe sobre remisión condicional.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a D. Giovani Ortiz Vanegas, que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 14 de abril de 2011.- La Secretaria Relatora.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid