El Sr. Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, por delegación del Sr. Ministro de Fomento (Resolución Delegación de atribuciones 30-05-1996) con fecha 29 de marzo de 2011 ha resuelto:
"1.-Aprobar el expediente de información Pública y definitivamente el "Documento para información pública, Construcción de enlace, N-550, p.k. 129,900. Tramo: Redondela – Pontevedra. Provincia de Pontevedra" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA excluido) de 767.067,73 €.
2.-Aprobar definitivamente el Documento para Información Pública "Construcción de enlace, N-550, p.k. 129,900. Tramo: Redondela-Pontevedra. Provincia de Pontevedra" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA excluido) de 767.067,73 €.
3.-Declarar de utilidad pública las actuaciones proyectadas y la necesidad de urgente ocupación, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 25/1988 de Carreteras.
4.-Declarar de interés general y utilidad pública prevalerte, a los efectos señalados en el artículo 6.1 de la Ley de Galicia 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.
5.-Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia que elabore y remita al organismo Augas de Galicia la justificación de los requisitos señalados por dicho organismo. En particular se justificarán los periodos de retorno utilizados para el cálculo del drenaje longitudinal y transversal.
6.-Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia que las expropiaciones se adecuen a la obra finalmente ejecutada del proyecto 33-PO-3130, es decir, a la transformación de la intersección en T existente en la N-550 en un enlace tipo trompeta".
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso–administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
A Coruña, 25 de abril de 2011.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación.- Fdo.: Ángel González del Río.
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