Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-15270

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 2011, páginas 51101 a 51101 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-15270

TEXTO

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 356/10 se ha dictado a instancias de don Fernando Ortiz Gutiérrez en fecha 14-4-11 auto de declaración de concurso necesario del deudor Promociones San Jusan 2005, con CIF n.º B-73387763, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en San José de la Vega (Murcia).

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal, recaída en el titulado Mercantil don Fernando Belchí Espadas, mayor de edad, casado, con D.N.I. n.º 52.802.041-K, con domicilio profesional en Avda. Bastarreche, n.º 6, bajo, de Alhama de Murcia, teléfono 968.636.008 y fax 968.636.131.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 de la Ley Concursal).

Murcia, 14 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid