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Documento BOE-B-2011-16339

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2011, páginas 53863 a 53863 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-16339

TEXTO

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 54/2011 se ha dictado a instancias de la mercantil "Pladescayola, S.L.", con CIF B-73161010, en fecha 12/04/2011 auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Albacete, n.º 4, en Las Torres de Cotillas (Murcia).

2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la mercantil deudora quedan intervenidas por la administración concursal.

Ha sido designado Administrador concursal único don Joaquín Pajarón López de profesión Economista, con despacho profesional en avenida Teniente Montesinos, n.º 8, 7.ª planta, torre A, 30100 Murcia, y teléfono 968899966.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la oficina de Registro y Reparto de la Ciudad de la Justicia, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 28 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

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