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Documento BOE-B-2011-16664

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2011, páginas 55515 a 55515 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-16664

TEXTO

Edicto.

D./D.ª Elena García Figueira, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° 0000106 /2011 se ha dictado a instancias de FEVIPAGA, S.L., en fecha 15 de marzo de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor FEVIPAGA, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Plaza de Compostela, n.°19, bajo, de Vigo, e inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo 2790, al libro 2790, al folio 100, sección 8, hoja P0-31623, Inscripción 1.ª

2.° Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3.° Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como lo relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,

características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédi to.

4.° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Vigo, 15 de marzo de 2011.- El/la secretario/a judicial.

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