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Documento BOE-B-2011-17208

SORIA

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2011, páginas 57194 a 57194 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-17208

TEXTO

Don Juan Carlos Martínez Pomar, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Soria,

Hace saber: Que, en el procedimiento ordinario nº 102/10, tramitado en este Juzgado a instancia de Doña María Paz Blasco Las Heras, representada por el Procurador Sr. D. Sergio Escribano Ayllón y asistida por la Letrada Sra. García Cervero; frente a Doña Secundina González Gómez; se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 19/11.

En Soria a veintiocho de febrero de dos mil once.

Vistos por mi, Mª Carmen García Martín, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Soria, los presentes autos de juicio ordinario sobre acción declarativa de dominio, seguidos en este Juzgado bajo el número 102 del año 2010, a instancia de Doña María Paz Blasco Las Heras, representada por el Procurador Don Sergio Escribano Ayllón y defendidos por la Letrada Sra. García Cervero contra Doña Secundina González Gómez, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Don Sergio Escribano Ayllón, en nombre y representación de Doña María Paz Blasco Las Heras contra Doña Secundina González Gómez, en situación de rebeldía procesal, debo realizar y realizo los siguientes pronunciamientos:

-Declaro el dominio de las fincas descritas en el hecho cuarto de la demanda a favor de la actora, actual poseedora de las fincas, pudiendo esta, en consecuencia, proceder a la modificación de la titularidad de las fincas en los diferentes organismos.

-Condeno a la demandada al pago de las costas causadas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a aquel en que se notifique en la forma establecida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial.

LLévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Doña Secundina González Gómez y sus causahabientes, se extiende este edicto para que sirva de notificación.

Soria, 29 de abril de 2011.- El Secretario Judicial, Juan Carlos Martínez Pomar.

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