El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:
1.- Se declara, por auto de fecha 13/05/11 dejar sin efecto la Fase de Convenio del procedimiento concursal Voluntario con número de autos 751/10 del deudor "Ral Asistencia Informática, S.L., con domicilio social en PG Ind. Zona Franca Sector F Calle 43 ( Barcelona), con CIF B- 61832770.
2.- Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 6 de julio de 2011 a las 10:30 horas de su mañana en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
3.- Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 13 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
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