Don Juan Manuel Cabrera López, Magistrado de este Juzgado,
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue, bajo el número 1428/10, procedimiento de sustracción de pagarés, iniciado por denuncia de "Promotora de Centros Comerciales y Recreativos, S.A.", que fue tenedor de dicho titulo, siendo desposeído de él por sustracción, habiéndose acordado por Auto de esta fecha publicar la denuncia, fijando el plazo de un mes, a contar de desde la fecha de su publicación para que el tenedor del título pueda comparecer en el Juzgado y formular oposición.
Los pagarés sustraídos son:
1.- Pagaré n.º 9.812.807-6-8200-3, firmado en Badajoz el 21 de febrero de 2008, por la entidad "Inmoverde del Guadiana, S.L." a favor de "Promotora de Centros Comerciales y Recreativos, S.A.", por importe de 1.500.000 de euros y convencimiento el 21 de febrero de 2011.
2.- Pagaré n.º 9-812.808-6-8200-3, firmado en Badajoz el 21 de febrero de 2008, por la entidad "Inmoverde del Guadiana, S.L." a favor de la "Sociedad Promotora de Centros Comerciales y Recreativos, S.A.", por importe de 2.500.000 de euros y con vencimiento el 21 de febrero de 2011.
Badajoz, 14 de diciembre de 2010.- El Magistrado.
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