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Documento BOE-B-2011-17556

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 2011, páginas 58837 a 58837 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-17556

TEXTO

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario Judicial del Jdo. de lo mercantil n de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I, declaración concurso 0000123/2011 se ha dictado a instancias de Team Marivent, S.L., Pedro Reynes Barcelo, Ana Amate Ballesteros en fecha 27-04-2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Team Marivent, S.L., Pedro Reynes Barcelo, Ana Amate Ballestros, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Gentil, n.º 18, 1 en Palma de Mallorca.

2º.- se ha acordado la conservación de las facultades de administración de disposición de los deudores, sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores judiciales mediante su autorización o conformidad.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el boletín oficial del estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (art. 184.3 ley concursal).

Palma de Mallorca, 29 de abril de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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