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Documento BOE-B-2011-17771

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2011, páginas 59924 a 59924 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-17771

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 120/2011, se ha dictado a instancias de Senra Corte de Hormigón, Sociedad Limitada, en fecha 10 de mayo de 2011, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Senra Corte de Hormigón, Sociedad Limitada con Código de Identificación Fiscal número B-36900694, domicilio sito en la Avda. Ramón Nieto, número 295, 36205 Vigo (Pontevedra) e inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al folio 35 del libro 2707, inscripción primera de la hoja número PO-30106.

Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 10 de mayo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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