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Documento BOE-B-2011-17970

LEÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2011, páginas 60199 a 60199 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-17970

TEXTO

Edicto

Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número de León, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración concurso voluntario abreviado 140/2011, se ha dictado, a instancias de Asesoría J. Huerga Asociados, S.L., auto de declaración de concurso de fecha 13 de mayo de 2011, del deudor Asesoría J. Huerga Asociados, S.L., con CIF B-24583742, domicilio en León, Paseo de la Condesa de Sagasta, número 38 - 4°, inscrita en el Registro Mercantil de León al tomo 1.149, folio 71, hoja LE-19.275, y cuyo objeto social se centra en el asesoramiento en materia de derecho laboral, fiscal, contabilidad, organización de empresas, auditoría de cuentas, derecho mercantil y asesoría jurídica.

Segundo.- Se ha acordado que el Administrador de la concursada conservarán las facultades de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en su ejercicio a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal), si bien no es necesaria la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos.

León, 16 de mayo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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